La publicidad bajo la Ley de derechos de privacidad de California (CPRA)

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La nueva legislación podría plantear nuevos desafíos para las campañas publicitarias de las empresas a medida que la CPRA redefine el "intercambio" y la forma en que las empresas abordan la información confidencial.

Si su empresa ya se ha preparado para la CCPA, debe tener una buena idea de qué datos recopila y procesa su empresa que podrían estar vinculados a una persona, hogar o dispositivo. Esa es "información personal" según la CCPA.

Sin embargo, la CPRA brinda a los consumidores protección adicional para los datos clasificados como "información personal sensible", que incluye la seguridad social de una persona, el número de pasaporte, la información financiera, la ubicación geográfica precisa, la raza u origen étnico, las creencias religiosas o filosóficas, los datos genéticos. y comunicaciones personales no destinadas al negocio. Consulte la Sección 1798.140 (ae) de la CPRA).

Un derecho importante que tiene el usuario es la capacidad de limitar el uso de esta información personal confidencial por parte de una empresa. Esto significa que querrá etiquetar la información personal confidencial para que su empresa pueda distinguir entre información personal confidencial e información personal no confidencial. Esto permite a las empresas navegar mejor entre la implementación de una solicitud de exclusión voluntaria de la CCPA y una solicitud para limitar el uso de información personal confidencial.

No obstante, las empresas europeas tienen una ventaja ya que, si se ha ocupado del Reglamento general de protección de datos de la Unión Europea, es probable que ya haya identificado la mayoría, si no toda, la información personal confidencial que recopila su empresa.

La CPRA incluye un cambio en la responsabilidad de las empresas por violaciones de la ley por parte de empresas de "terceros" y nuevas obligaciones contractuales con respecto a las relaciones con estos terceros. Los terceros, según CPRA, no son la empresa con la que el consumidor interactúa intencionalmente y que recopila información personal del consumidor; un proveedor de servicios para la empresa; o un contratista. Las empresas necesitarán hacer un inventario de sus contratistas y ciertos terceros y celebrar los contratos apropiados con ellos.

Compartir información personal con fines de “publicidad conductual transcontextualizada” está sujeto a solicitudes de exclusión voluntaria. Esto cubre la mayor parte de la actividad relacionada con la publicidad digital, que requiere dirigirse a los usuarios en función de la actividad "en empresas, sitios web de marca distintiva, aplicaciones o servicios, distintos del negocio, sitio web, aplicación o servicio de marca distintiva con el que el consumidor interactúa intencionalmente".

Revise los contratos existentes o redacte nuevos para volver a clasificar a los socios relevantes y asegúrese de que tanto sus socios comerciales como sus socios comerciales puedan realizar los servicios según lo previsto. Esto podría significar, dijo Burns, eliminar las limitaciones en el uso de datos para evitar restricciones innecesarias o agregar nuevos requisitos para proteger mejor ciertos datos.

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